Información General El 31 de diciembre de 2020 entró en aplicación el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión, relativo a las normas y los procedimientos aplicables a la
Actividades o servicios no EASA con UAS (Formación de pilotos a distancia UAS/Drones NO EASA)
Formación de pilotos a distancia UAS/Drones NO EASA IMPORTANTE: La información que se detalla a continuación está condicionada a lo dispuesto en la Disposición transitoria segunda del Real Decreto 517/2024 de
De acuerdo con el Real Decreto 517/2024 de 4 de junio, los UAS, personal y organizaciones que realicen actividades o servicios NO EASA en nombre de un organismo público, deben cumplir con lo establecido en dicho Real Decreto y en los reglamentos europeos. Es decir, son aplicables los mismos requisitos que a las actividades EASA, con particularizaciones en zonificación.
Contacto División UAS de AESA:
En caso de duda o situaciones especiales relacionadas con las actividades o servicios NO EASA indirectas, puede dirigir su consulta al buzón de drones ([email protected]).
Registro de operador de drones/UAS
IMPORTANTE: Información relativa a la fecha de caducidad del certificado de registro de operador de UAS Con la entrada en aplicación del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión, todos


