Nueva evaluación de riesgos para operaciones fitosanitarias con UAS de hasta 3m Leave a comment

COMPRODRONE COMPROMETIDO CON EL SECTOR AGRICOLA.

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha publicado una evaluación de riesgos predefinida (en adelante PDRA) adaptada a labores de trabajos aéreos de fumigación y dispersión de productos agrícolas/forestales, con la denominación PDRA S01 [F].

La PDRA-S01[F] se ajusta a las operaciones fitosanitarias de la categoría específica en un escenario operacional con las siguientes características principales:

 Con una UA de hasta 3 m de dimensión de característica máxima.

– En VLOS (operación con visibilidad directa visual) del piloto a una distancia máxima de 500 m.

– Sobre una zona terrestre controlada en zonas escasamente pobladas.

– Por debajo de 30 m sobre el nivel del suelo (AGL), excepto cuando se esté cerca de obstáculos.

 En espacio aéreo controlado o no controlado, siempre que exista una baja probabilidad de encuentro con aeronaves tripuladas.

Esta PDRA es una evaluación de riegos realizada por AESA respecto a la cual ya se ha determinado una lista precisa de medidas de atenuación.

El proceso de elaboración de documentación por parte del operador y su posterior evaluación por AESA será muy ágil, dado que, junto con el formato de autorización operacional, el operador no tendrá que realizar y proporcionar una evaluación de riesgo propia, de acuerdo con el artículo 11 del Reglamento (UE) 2019/947, puesto que dicha evaluación ya ha sido realizada por la Agencia y sintetizada en la tabla de la PDRA-S01 [F].

Adicionalmente, AESA ha creado plantillas de la parte genérica del Manual de Operaciones, así como del Anexo del ConOps de la PDRA-S01 [F] conforme a los requisitos establecidos en el AMC1 UAS.SPEC.030(3)(e). Estas plantillas deben ser utilizadas por el operador añadiendo y cumplimentando los aspectos particulares requeridos (aeronaves, organigrama, datos de contacto, etc). Dichos documentos, correctamente cumplimentados, se ajustarán a los requisitos documentales exigidos por la normativa vigente. Las plantillas del Manual de Operaciones y ConOps pueden ser descargadas en el siguiente enlace.

No será necesario que se adjunte en la solicitud de autorización el Manual de Operaciones y el ConOps de la PDRA-S01 [F], aunque el operador deberá disponer de estos documentos correctamente cumplimentados a fecha de presentación de la autorización, además de poner a disposición de la autoridad estos documentos siempre que así se requiera.

Si su operación se ajusta a esta PDRA-S01 [F], deberá de presentar una solicitud de autorización incluyendo la siguiente documentación:

 Tabla de la PDRA S01[F] cumplimentada y firmada por el responsable del operador, de cara a justificar mediante esta firma, las garantías que refieren a una declaración responsable.

 Declaración responsable PDRA-S01[F] de que se utilizará las plantillas del Manual de Operaciones y ConOps, disponible en la web de AESA (Material guía Manual de Operaciones).

 En caso de que se vayan a realizar vuelos en espacio aéreo controlado, la coordinación entre el operador y ATSP se iniciará una vez la solicitud de autorización sea admitida a trámite por parte de AESA. Por tanto, en este punto el operador de UAS adjuntará la plantilla específica de EARO (EARO_PDRA-S01_[F]) facilitada por el/los ATSP con los que tenga intención de coordinar cumplimentada únicamente con la información a facilitar por el operador de UAS.

Dicha solicitud de autorización, en caso de cumplir con los requisitos anteriores, se tramitará de una forma muy ágil debido a la elevada estandarización de la documentación.

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