Termina el plazo para la presentación de declaraciones de conformidad con escenarios estándar nacionales (STS-ES) en operaciones UAS Leave a comment

EN COMPRODRONE QUEREMOS QUE NUESTROS PILOTOS ESTEIS SIEMPRE BIEN INFORMADOS.

  • – A partir del 31 de agosto, los operadores UAS no podrán presentar nuevas declaraciones basadas en escenarios estándar nacionales.
  • – Los operadores UAS que hayan presentado su declaración a fecha de 30 de agosto (inclusive), podrán presentar modificaciones hasta el 31 de diciembre de 2025.

 

Madrid, 23 de agosto de 2024 (AESA)

Desde el 31 de diciembre de 2020 es de aplicación la normativa europea de UAS, la cual regula a todo tipo de drones independientemente de su tamaño o funcionalidad. El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión del 24 de mayo de 2019 relativo a las normas y procedimientos aplicables a la utilización de aeronaves no tripuladas establece, en su artículo 23, que los Estados miembros podrán aceptar declaraciones por los operadores UAS basadas en los escenarios estándar nacionales propios de cada Estado hasta el 31 de diciembre de 2023.

En el caso de España, a través de la Resolución de la dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea por la que se aprueban escenarios estándar nacionales (STS-ES), se definieron las características y condiciones de los escenarios estándar nacionales en España para operaciones de UAS en la categoría «específica» al amparo de una declaración operacional. Los STS-ES permiten únicamente este tipo de operaciones dentro del territorio y espacio aéreo de soberanía española.

Tras la publicación de estos escenarios estándar nacionales (STS-ES), más de 4.000 operadores UAS se acogieron a dichos escenarios, los cuales permite realizar operaciones con una aeronave no tripulada en un escenario estándar, pero sin la necesidad de disponer de un UAS con marcado de clase C5 para el STS-ES-01 y un UAS con marcado C6 para el STS-ES-02.

Inicialmente, se estableció que hasta el 31 de diciembre de 2023 se pudieran presentar nuevas declaraciones operacionales, siendo estas válidas hasta el 31 de diciembre de 2025. Sin embargo, se observó que el mercado no disponía de modelos de UAS con marcado de clase C5 y C6, lo que imposibilitaba la aplicabilidad de las operaciones en los escenarios estándar recogidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947.

En el caso de España, se permitió, a través de la emisión resolución EX-D-007 de la dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, la continuidad del periodo transitorio en el que se podían presentar declaraciones bajo los escenarios estándar nacionales (STS-ES) hasta el 30 de agosto de 2024.

Por ello, desde la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) queremos recordar a los operadores de UAS que hayan presentado declaraciones de conformidad con los STS-ES publicados por AESA con anterioridad al 30 de agosto de 2024 (inclusive), que podrán seguir presentando modificaciones hasta el fin de la validez de las mismas. Dichas declaraciones serán válidas y se podrá operar de acuerdo con lo declarado hasta el 31 de diciembre de 2025.

Por el contrario, aquellos operadores de UAS que no tengan ninguna declaración STS-ES presentada previamente a la fecha del 30 de agosto de 2024, no podrán presentar nuevas declaraciones ni modificarlas a partir del 31 de agosto de 2024.

Los operadores de UAS que deseen volar en STS a partir de esta fecha, y no hayan presentado declaración STS-ES con anterioridad a la misma, podrán presentar declaraciones de conformidad con los escenarios estándar europeos recogidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión. Se recuerda la necesidad de disponer del certificado de piloto a distancia bajo los escenarios estándar STS correspondientes. Podrá encontrar toda la información relativa a la formación de pilotos a distancia en categoría especifica aquí.

Para más detalles de la normativa UAS aplicable, puedes consultarlo en:  https://www.seguridadaerea.gob.es/es/ambitos/drones/normativa-de-uas-drones

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