Entidades de formación UAS/Drones ( Entidades de formación en Escenarios Estándar Europeos (STS) ) Leave a comment

Información General


El 31 de diciembre de 2020 entró en aplicación el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión, relativo a las normas y los procedimientos aplicables a la utilización de aeronaves no tripuladas. Este Reglamento establece en un Apéndice A, el tipo de formato estipulado para que el piloto UAS a distancia obtenga los conocimientos teóricos del piloto a distancia y el examen de aptitudes prácticas para los escenarios estándar europeos (STS).

Adicionalmente, en el Apéndice 3 Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión, se establecen los requisitos aplicables a las entidades reconocidas por AESA y los Operadores UAS declarados ante AESA que realicen actividades de formación y evaluación de aptitudes prácticas de pilotos a distancia para las operaciones de los escenarios estándar europeos (STS).

Los escenarios estándar europeos (STS) son válidos para realizar operaciones dentro del territorio y espacio aéreo de la Unión Europea a la utilización de aeronaves no tripuladas a las que les es aplicable el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión, por lo tanto, carecerán de validez alguna en terceros países.

Se recuerda a todas aquellas Entidades de Formación y Operadores UAS que deseen impartir formación de pilotos a distancia en escenarios estándar europeos (STS) que el proceso es declarativo, garantizando que se cumplen con todas las disposiciones aplicables del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, incluidos los requisitos aplicables a las operaciones del STS, así como los requisitos de UAS con su correspondiente marcado de clase.

Declaración de Entidades Reconocidas y Operadores UAS


Todas aquellas Entidades Reconocidas y operadores UAS que pretendan impartir formación práctica de pilotos a distancia en escenarios estándar europeos (STS). Deberán ser primero reconocidos para ello, siendo necesario presentar ante AESA una declaración a través del siguiente enlace.

Tiene a disposición la siguiente guía donde se indica paso a paso cómo presentar correctamente la declaración como operador de UAS, así como la declaración de alumnado.

Guía para la presentación de una declaración para entidades reconocidas y operadores declarados ante AESA en escenarios estándar europeos (STS)

Todas aquellas Entidades Reconocidas y Operadores UAS declarados ante AESA para impartir la formación práctica de piloto a distancia en STS deberán disponer de aeronaves destinadas a realizar la formación práctica que cumplan con los requisitos de UAS dispuestos a continuación ;

      • Formación práctica en escenario estándar STS-01:
        • UAS que dispongan de marcado de clase C5, o
        • UAS de clase C3 que lleve instalado un kit de accesorios que convierte el UAS de clase C3 en un UAS de clase C5. En tal caso, la etiqueta de la clase C5 se colocará en todos los accesorios.
      • Formación práctica en escenario estándar STS-02:
        • UAS que dispongan de marcado de clase C6.

Adicionalmente, aquellas entidades reconocidas que empleen UAS de su posesión para impartir formación práctica, deberán registrarse como operadores de UAS e incluir el número de operador en todas sus aeronaves. Toda la información referente al registro de operadores está compilada en el apartado web Registro de operador de drones/UAS

Los operadores de UAS que pretendan impartir formación práctica de pilotos a distancia en escenarios estándar (STS), deberán estar registrados como operador de UAS y presentar previamente ante AESA una declaración operacional en el escenario estándar deseado (STS). Ambos trámites se realizan a través del siguiente enlace.

Desde el momento en que se presente la declaración a través de solicitud general y con el recibo de presentación, se podrá empezar a ejercer como Entidad Reconocida o como Operador UAS Declarado e impartir formación y evaluación de aptitudes prácticas para el escenario estándar europeo correspondiente (STS) en el que se haya declarado. En aquellos casos que la solicitud no esté correcta por cualquier motivo, se resolverá con una resolución por incumplimiento y se deberá presentar una nueva solicitud.

A continuación, se facilita el listado de entidades reconocidas y operadores UAS declarados para impartir formación práctica en escenarios estándar europeos (STS). (actualización periódica)

Declaración de alumnado


Las entidades reconocidas y los Operadores UAS que realizan actividades de formación práctica en cualquiera de los dos escenarios estándar(STS) deberán enviar mensualmente la declaración de alumnos que hayan superado la evaluación continua, y así hayan obtenido la acreditación de aptitudes prácticas para cada escenario estándar, según proceda. El procedimiento se realiza a través de sede electrónica, en el cual se deberán proporcionar los siguientes datos;

      • Nombre y apellidos del alumno.
      • Datos de identificación del NIE/NIF/PASAPORTE.
      • Escenario que se declara (STS-01 o STS-02)
      • Fecha de entrega de la acreditación.
      • Codificación personal de la acreditación que proporcione la entidad o el operador UAS.

En el apartado 3 de la Guía sobre la presentación de declaración de entidades reconocidas y operadores declarados, disponible en los apartados anteriores, se muestra con detalle el procedimiento de declaración de alumnado válido tanto para Operadores UAS declarados como para Entidades Reconocidas por AESA para impartir la formación práctica en escenarios estándar (STS).

Formación teórica en escenarios estándar europeos (STS)


La formación necesaria que acredita al piloto UAS a realizar operaciones en escenarios estándar europeos (STS) consta de dos partes, una formación teórica y una formación basada en una evaluación continua de aptitudes prácticas de pilotos a distancia.

En el caso de la formación teórica de piloto a distancia en categoría “específica”, será válida tanto para los escenarios estándar nacionales (STS-ES) como para los escenarios estándar europeos (STS) ya que el syllabus y el contenido de las materias del examen de conocimientos teóricos de la categoría “específica” ya ha sido adaptado para que sea válido a ambos escenarios.

Las materias que corresponden a este nivel están indicadas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, y una versión más detallada para que sirva de guía de estudio se encuentra a disposición en este enlace: Temario examen conocimientos teóricos STS v2

La formación teórica para los escenarios estándar puede ser impartida por una entidad de formación, un operador de UAS, o por cuenta propia, siempre siguiendo el temario que contiene el syllabus publicado. Se recuerda que corresponde únicamente a AESA la evaluación de los conocimientos teóricos de piloto a distancia y la emisión del certificado correspondiente.

Formación práctica en escenarios estándar europeos (STS)


La formación y evaluación continua de aptitudes prácticas de los escenarios estándar europeos (STS) debe ser impartida a través de una Entidad Reconocida o un Operador UAS declarado ante AESA.

Con el fin de facilitar a estas Entidades y Operadores UAS declarados a realizar una correcta formación de acuerdo con la Resolución de escenarios Estándar europeos, se ha facilitado la Guía sobre los requisitos para impartir formación y evaluación de aptitudes prácticas en STS . En ella se podrá encontrar los siguientes aspectos;

      • Requisitos generales para impartir la formación
      • Requisitos documentales
      • Requisitos de los UAS utilizados en la formación
      • Programa de formación de aptitudes prácticas de pilotos a distancia en escenarios estándar europeos (STS), incluyendo la planificación previa al vuelo, durante el vuelo y posterior al vuelo;
      • Requisitos de la zona de vuelo representativa del STS;
      • Tipo de acreditación a emitir tras la superación de la formación y evaluación continua.

 

Requisitos de UAS para la formación práctica en escenarios estándar STS.


De acuerdo con lo establecido en el punto 1 f) del UAS.STS-01.020 y en el punto 8 a) del UAS.STS-02.020 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 en relación con los requisitos de operación de los escenarios estándar europeos, será requisito indispensable disponer de un UAS con Marcado de Clase C5, o un UAS de clase C3 que lleve instalado un kit de accesorios que convierte el UAS de clase C3 en un UAS de clase C5 para realizar todas aquellas operaciones englobadas en STS-01, así como UAS con Marcado de Clase C6 para todas aquellas operaciones que se realicen en el STS-02.

De esta forma, resulta requisito indispensable para todas aquellas Entidades Reconocidas y los Operadores UAS declarados para impartir formación práctica el cumplimiento con lo declarado en el apéndice 6 y el apéndice 4 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 respectivamente, cuyo requisito se basa en el cumplimiento de las disposiciones aplicables a las operaciones del STS-0X.

Requisito de Sistema de Identificación a Distancia Directa (“DRI”)


Desde el 1 de enero de 2024, será requisito indispensable que los UAS destinados a realizar operaciones de Formación en Categoría “específica” bajo cualquiera de los escenarios estándar (STS) dispongan de un Sistema de identificación a distancia directa (“DRI”), requisito contemplado para UAS C5 y C6.

Será recomendable que las Entidades de Formación y los Operadores UAS declarados indiquen y muestren al alumno, dentro de sus actividades formativas, el funcionamiento y metodología de uso del Sistema de Identificación a Distancia Directa (“DRI”) para garantizar que el futuro piloto a distancia conozca la aplicación, instalación y funcionamiento de dicho dispositivo. Dispone de toda la información en el apartado  de  Sistema de identificación a distancia y marcados de clase.

Contacto División UAS de AESA:

En caso de duda o situaciones especiales relacionadas con la formación de categoría ‘específica’, puede dirigir su consulta al buzón de drones ([email protected]).

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